Tercer nivel · Grupo 13
1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
Experto
La cuenta 1322 «administración de la seguridad social en salud» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta. Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes.
Criterio de inclusión y exclusión
la conclusión para 1322 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia.
Proceso o dinámica
El derecho se origina por el hecho indicado en «cuentas por cobrar». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 1322, el análisis se limita a «administración de la seguridad social en salud» dentro de «cuentas por cobrar». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable.
Matriz de revisión
Regla de revisión · Cuenta 1322
Cuentas por cobrar: determine deudor, exigibilidad, relación jurídica y deterioro fiscal individualizado.
0
candidatos exactos
21
rutas condicionadas
0
rutas por perfil
0
sin ruta autónoma
- • F1011 y F1012 se determinan por el activo o instrumento real.
- • F1008 exige crédito activo, deudor y valor fiscal al cierre.
- • Las correctoras concilian valor neto y no crean una fila propia.
Cuarto nivel
Subcuentas y matriz DIAN 2026
Cada fila muestra una hipótesis por naturaleza y sus condiciones. No es una parametrización automática ni infiere conceptos desde palabras del nombre PUC.
| Código | Subcuenta CGC | Sugerencia DIAN 2026 | Criterio y control |
|---|---|---|---|
| 132201 | Unidad de pago por capitación del régimen contributivo (UPC-C) Experto La subcuenta 132201 «unidad de pago por capitación del régimen contributivo (upc-c)» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132201 Unidad de pago por capitación del régimen contributivo (UPC-C). Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «unidad de pago por capitación del régimen contributivo (upc-c)» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132201 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132201, el análisis se limita a «unidad de pago por capitación del régimen contributivo (upc-c)» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132202 | Unidad de pago por capitación (UPC) adicional del régimen contributivo Experto La subcuenta 132202 «unidad de pago por capitación (upc) adicional del régimen contributivo» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132202 Unidad de pago por capitación (UPC) adicional del régimen contributivo. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «unidad de pago por capitación (upc) adicional del régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132202 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132202, el análisis se limita a «unidad de pago por capitación (upc) adicional del régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132203 | Cuota moderadora régimen contributivo Experto La subcuenta 132203 «cuota moderadora régimen contributivo» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132203 Cuota moderadora régimen contributivo. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «cuota moderadora régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132203 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132203, el análisis se limita a «cuota moderadora régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132204 | Copagos régimen contributivo Experto La subcuenta 132204 «copagos régimen contributivo» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132204 Copagos régimen contributivo. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «copagos régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132204 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132204, el análisis se limita a «copagos régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132205 | Cuotas de inscripción y afiliación régimen contributivo Experto La subcuenta 132205 «cuotas de inscripción y afiliación régimen contributivo» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132205 Cuotas de inscripción y afiliación régimen contributivo. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «cuotas de inscripción y afiliación régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132205 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132205, el análisis se limita a «cuotas de inscripción y afiliación régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132208 | Comisiones administradoras de riesgos laborales Experto La subcuenta 132208 «comisiones administradoras de riesgos laborales» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132208 Comisiones administradoras de riesgos laborales. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «comisiones administradoras de riesgos laborales» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132208 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132208, el análisis se limita a «comisiones administradoras de riesgos laborales» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132210 | Recobros SOAT Experto La subcuenta 132210 «recobros soat» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132210 Recobros SOAT. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «recobros soat» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132210 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132210, el análisis se limita a «recobros soat» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132211 | Recobros ARL Experto La subcuenta 132211 «recobros arl» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132211 Recobros ARL. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «recobros arl» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132211 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132211, el análisis se limita a «recobros arl» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132212 | Recobro de enfermedades alto costo del régimen contributivo Experto La subcuenta 132212 «recobro de enfermedades alto costo del régimen contributivo» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132212 Recobro de enfermedades alto costo del régimen contributivo. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «recobro de enfermedades alto costo del régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132212 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132212, el análisis se limita a «recobro de enfermedades alto costo del régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132213 | Recobro a empleadores Experto La subcuenta 132213 «recobro a empleadores» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132213 Recobro a empleadores. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «recobro a empleadores» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132213 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132213, el análisis se limita a «recobro a empleadores» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132214 | Cuotas de inscripción y afiliación a planes complementarios Experto La subcuenta 132214 «cuotas de inscripción y afiliación a planes complementarios» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132214 Cuotas de inscripción y afiliación a planes complementarios. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «cuotas de inscripción y afiliación a planes complementarios» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132214 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132214, el análisis se limita a «cuotas de inscripción y afiliación a planes complementarios» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132216 | Cuentas por cobrar No PBS radicadas Experto La subcuenta 132216 «cuentas por cobrar no pbs radicadas» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132216 Cuentas por cobrar No PBS radicadas. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «cuentas por cobrar no pbs radicadas» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132216 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132216, el análisis se limita a «cuentas por cobrar no pbs radicadas» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132219 | Licencias de maternidad y paternidad Experto La subcuenta 132219 «licencias de maternidad y paternidad» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132219 Licencias de maternidad y paternidad. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «licencias de maternidad y paternidad» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132219 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132219, el análisis se limita a «licencias de maternidad y paternidad» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132220 | Incapacidades Experto La subcuenta 132220 «incapacidades» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132220 Incapacidades. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «incapacidades» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132220 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132220, el análisis se limita a «incapacidades» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132222 | Programas de promoción y prevención del régimen contributivo Experto La subcuenta 132222 «programas de promoción y prevención del régimen contributivo» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132222 Programas de promoción y prevención del régimen contributivo. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «programas de promoción y prevención del régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132222 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132222, el análisis se limita a «programas de promoción y prevención del régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132223 | Gestión de cobro, manejo de información y servicios financieros EPS o EOC Experto La subcuenta 132223 «gestión de cobro, manejo de información y servicios financieros eps o eoc» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132223 Gestión de cobro, manejo de información y servicios financieros EPS o EOC. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «gestión de cobro, manejo de información y servicios financieros eps o eoc» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132223 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132223, el análisis se limita a «gestión de cobro, manejo de información y servicios financieros eps o eoc» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132224 | Aportes del empleado y del empleador a los regímenes exceptuados en salud Experto La subcuenta 132224 «aportes del empleado y del empleador a los regímenes exceptuados en salud» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132224 Aportes del empleado y del empleador a los regímenes exceptuados en salud. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «aportes del empleado y del empleador a los regímenes exceptuados en salud» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132224 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132224, el análisis se limita a «aportes del empleado y del empleador a los regímenes exceptuados en salud» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132225 | Servicios y tecnologías en salud no financiados con la UPC ni con el presupuesto máximo del régimen contributivo Experto La subcuenta 132225 «servicios y tecnologías en salud no financiados con la upc ni con el presupuesto máximo del régimen contributivo» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132225 Servicios y tecnologías en salud no financiados con la UPC ni con el presupuesto máximo del régimen contributivo. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «servicios y tecnologías en salud no financiados con la upc ni con el presupuesto máximo del régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132225 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132225, el análisis se limita a «servicios y tecnologías en salud no financiados con la upc ni con el presupuesto máximo del régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132226 | Ajuste siniestralidad cuenta de alto costo del régimen contributivo Experto La subcuenta 132226 «ajuste siniestralidad cuenta de alto costo del régimen contributivo» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132226 Ajuste siniestralidad cuenta de alto costo del régimen contributivo. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «ajuste siniestralidad cuenta de alto costo del régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132226 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132226, el análisis se limita a «ajuste siniestralidad cuenta de alto costo del régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132228 | Presupuesto máximo para servicios y tecnologías en salud no financiados con la UPC del régimen contributivo Experto La subcuenta 132228 «presupuesto máximo para servicios y tecnologías en salud no financiados con la upc del régimen contributivo» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132228 Presupuesto máximo para servicios y tecnologías en salud no financiados con la UPC del régimen contributivo. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «presupuesto máximo para servicios y tecnologías en salud no financiados con la upc del régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132228 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132228, el análisis se limita a «presupuesto máximo para servicios y tecnologías en salud no financiados con la upc del régimen contributivo» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |
| 132290 | Otras cuentas por cobrar por la administración de la de seguridad social en salud Experto La subcuenta 132290 «otras cuentas por cobrar por la administración de la de seguridad social en salud» se interpreta dentro de la ruta 1 Activos > 13 Cuentas por cobrar > 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD > 132290 Otras cuentas por cobrar por la administración de la de seguridad social en salud. Su núcleo es derechos de cobro originados en el hecho o contraparte señalados y su delta es la modalidad concreta «otras cuentas por cobrar por la administración de la de seguridad social en salud» dentro de «administración de la seguridad social en salud». Las afirmaciones materiales no demostradas sobre bases de medición, contrapartidas, presentación o reversión permanecen pendientes. Criterio de inclusión y exclusión la conclusión para 132290 requiere evidencia coherente con el origen exigible del derecho y la modalidad indicada en la ruta, la naturaleza heredada y las fronteras de la familia PUC13-R001. Una semejanza nominal fuera de la ruta no constituye evidencia. Proceso o dinámica El derecho se origina por el hecho indicado en «administración de la seguridad social en salud». Después puede recaudarse, ajustarse, reclasificarse, deteriorarse o darse de baja, pero cada cambio requiere evidencia y no convierte el derecho en una cuenta por pagar. Para 132290, el análisis se limita a «otras cuentas por cobrar por la administración de la de seguridad social en salud» dentro de «administración de la seguridad social en salud». El análisis documenta fuente, juicio, cambio de condición y efecto, y evita convertir una inferencia ilustrativa en política contable. | Ruta condicionada | La cuenta exige acreditar el rol regulado, la administración de recursos y la exigibilidad del derecho; el nombre de la cuenta no prueba un concepto de cartera. Puerta de perfil: Rol regulado, responsable del pago y soporte de la liquidación. Evidencia: Instrumento, titularidad y extracto o arqueo al 31 de diciembre · Valor fiscal de cierre · Tercero o emisor cuando el formato lo exija · Control de no duplicidad |