Nivel de explicación

Tercer nivel · Grupo 52

5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS

Experto

La cuenta 5220 «impuestos, contribuciones y tasas» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la naturaleza del recurso consumido o de la obligación y su relación con vender; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Matriz de revisión

Regla de revisión · Cuenta 5220

Gastos de ventas: aplique las mismas reglas de nómina, aportes y documento fuente.

1

candidatos exactos

17

rutas condicionadas

0

rutas por perfil

0

sin ruta autónoma

  • • La lista de aportes C5010–C5012 es cerrada.
  • • F2276 prevalece para pagos laborales.
  • • No duplicar diferencia en cambio, amortizaciones, deterioros ni cierres.

Cuarto nivel

Subcuentas y matriz DIAN 2026

Cada fila muestra una hipótesis por naturaleza y sus condiciones. No es una parametrización automática ni infiere conceptos desde palabras del nombre PUC.

18 subcuentas
CódigoSubcuenta CGCSugerencia DIAN 2026Criterio y control
522001

Impuesto predial unificado

Experto

La subcuenta 522001 «impuesto predial unificado» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522001 Impuesto predial unificado. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «impuesto predial unificado» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un impuesto, tasa o contribución, pero no todo valor contable es una deducción fiscal. Se debe validar el tributo y su procedencia fiscal.

No duplicidad: No lleve GMF a C5015 ni una tasa o contribución a C5015 cuando corresponda C5058.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522009

Impuesto de industria y comercio

Experto

La subcuenta 522009 «impuesto de industria y comercio» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522009 Impuesto de industria y comercio. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «impuesto de industria y comercio» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un impuesto, tasa o contribución, pero no todo valor contable es una deducción fiscal. Se debe validar el tributo y su procedencia fiscal.

No duplicidad: No lleve GMF a C5015 ni una tasa o contribución a C5015 cuando corresponda C5058.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522010

Tasas

Experto

La subcuenta 522010 «tasas» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522010 Tasas. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «tasas» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un aporte, tasa o contribución. La ruta procede solo si el valor se solicita fiscalmente como deducción y se identifica el beneficiario o autoridad competente.

No duplicidad: No use C5010: ese concepto está reservado para aportes a cajas de compensación, ICBF y SENA.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522011

Impuesto sobre vehículos automotores

Experto

La subcuenta 522011 «impuesto sobre vehículos automotores» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522011 Impuesto sobre vehículos automotores. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «impuesto sobre vehículos automotores» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un impuesto, tasa o contribución, pero no todo valor contable es una deducción fiscal. Se debe validar el tributo y su procedencia fiscal.

No duplicidad: No lleve GMF a C5015 ni una tasa o contribución a C5015 cuando corresponda C5058.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522012

Impuesto de registro

Experto

La subcuenta 522012 «impuesto de registro» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522012 Impuesto de registro. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «impuesto de registro» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un impuesto, tasa o contribución, pero no todo valor contable es una deducción fiscal. Se debe validar el tributo y su procedencia fiscal.

No duplicidad: No lleve GMF a C5015 ni una tasa o contribución a C5015 cuando corresponda C5058.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522017

Intereses de mora

Experto

La subcuenta 522017 «intereses de mora» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522017 Intereses de mora. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «intereses de mora» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un impuesto, tasa o contribución, pero no todo valor contable es una deducción fiscal. Se debe validar el tributo y su procedencia fiscal.

No duplicidad: No lleve GMF a C5015 ni una tasa o contribución a C5015 cuando corresponda C5058.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522019

Registro y salvoconducto

Experto

La subcuenta 522019 «registro y salvoconducto» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522019 Registro y salvoconducto. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «registro y salvoconducto» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un impuesto, tasa o contribución, pero no todo valor contable es una deducción fiscal. Se debe validar el tributo y su procedencia fiscal.

No duplicidad: No lleve GMF a C5015 ni una tasa o contribución a C5015 cuando corresponda C5058.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522024

Gravamen a los movimientos financieros

Experto

La subcuenta 522024 «gravamen a los movimientos financieros» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522024 Gravamen a los movimientos financieros. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «gravamen a los movimientos financieros» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Candidato exacto sujeto a validación

El gravamen a los movimientos financieros tiene concepto DIAN específico cuando se solicita como deducción.

No duplicidad: No incluya el GMF nuevamente en C5015 o C5016.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522025

Impuesto de timbre

Experto

La subcuenta 522025 «impuesto de timbre» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522025 Impuesto de timbre. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «impuesto de timbre» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un impuesto, tasa o contribución, pero no todo valor contable es una deducción fiscal. Se debe validar el tributo y su procedencia fiscal.

No duplicidad: No lleve GMF a C5015 ni una tasa o contribución a C5015 cuando corresponda C5058.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522026

Contribuciones

Experto

La subcuenta 522026 «contribuciones» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522026 Contribuciones. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «contribuciones» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un aporte, tasa o contribución. La ruta procede solo si el valor se solicita fiscalmente como deducción y se identifica el beneficiario o autoridad competente.

No duplicidad: No use C5010: ese concepto está reservado para aportes a cajas de compensación, ICBF y SENA.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522028

Impuesto sobre aduana y recargos

Experto

La subcuenta 522028 «impuesto sobre aduana y recargos» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522028 Impuesto sobre aduana y recargos. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «impuesto sobre aduana y recargos» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un impuesto, tasa o contribución, pero no todo valor contable es una deducción fiscal. Se debe validar el tributo y su procedencia fiscal.

No duplicidad: No lleve GMF a C5015 ni una tasa o contribución a C5015 cuando corresponda C5058.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522029

Impuestos, contribuciones y tasas en el exterior

Experto

La subcuenta 522029 «impuestos, contribuciones y tasas en el exterior» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522029 Impuestos, contribuciones y tasas en el exterior. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «impuestos, contribuciones y tasas en el exterior» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un impuesto, tasa o contribución, pero no todo valor contable es una deducción fiscal. Se debe validar el tributo y su procedencia fiscal.

No duplicidad: No lleve GMF a C5015 ni una tasa o contribución a C5015 cuando corresponda C5058.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522031

Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM

Experto

La subcuenta 522031 «impuesto nacional a la gasolina y al acpm» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522031 Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «impuesto nacional a la gasolina y al acpm» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un impuesto, tasa o contribución, pero no todo valor contable es una deducción fiscal. Se debe validar el tributo y su procedencia fiscal.

No duplicidad: No lleve GMF a C5015 ni una tasa o contribución a C5015 cuando corresponda C5058.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522034

Estampillas

Experto

La subcuenta 522034 «estampillas» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522034 Estampillas. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «estampillas» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un impuesto, tasa o contribución, pero no todo valor contable es una deducción fiscal. Se debe validar el tributo y su procedencia fiscal.

No duplicidad: No lleve GMF a C5015 ni una tasa o contribución a C5015 cuando corresponda C5058.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522035

Sobretasa ambiental

Experto

La subcuenta 522035 «sobretasa ambiental» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522035 Sobretasa ambiental. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «sobretasa ambiental» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un aporte, tasa o contribución. La ruta procede solo si el valor se solicita fiscalmente como deducción y se identifica el beneficiario o autoridad competente.

No duplicidad: No use C5010: ese concepto está reservado para aportes a cajas de compensación, ICBF y SENA.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522036

Impuesto sobre el servicio de alumbrado público

Experto

La subcuenta 522036 «impuesto sobre el servicio de alumbrado público» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522036 Impuesto sobre el servicio de alumbrado público. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «impuesto sobre el servicio de alumbrado público» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un aporte, tasa o contribución. La ruta procede solo si el valor se solicita fiscalmente como deducción y se identifica el beneficiario o autoridad competente.

No duplicidad: No use C5010: ese concepto está reservado para aportes a cajas de compensación, ICBF y SENA.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522037

Tasa Pro Deporte y Recreación

Experto

La subcuenta 522037 «tasa pro deporte y recreación» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522037 Tasa Pro Deporte y Recreación. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «tasa pro deporte y recreación» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un aporte, tasa o contribución. La ruta procede solo si el valor se solicita fiscalmente como deducción y se identifica el beneficiario o autoridad competente.

No duplicidad: No use C5010: ese concepto está reservado para aportes a cajas de compensación, ICBF y SENA.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

522090

Otros impuestos, contribuciones y tasas

Experto

La subcuenta 522090 «otros impuestos, contribuciones y tasas» se interpreta únicamente dentro de la ruta 5 Gastos > 52 De ventas > 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS > 522090 Otros impuestos, contribuciones y tasas. Su núcleo es gastos vinculados con la función de ventas y su delta es la modalidad concreta «otros impuestos, contribuciones y tasas» dentro de «impuestos, contribuciones y tasas»; cualquier afirmación material sobre medición, contrapartidas o presentación requiere soporte específico.

Ruta condicionada

La subcuenta corresponde a un impuesto, tasa o contribución, pero no todo valor contable es una deducción fiscal. Se debe validar el tributo y su procedencia fiscal.

No duplicidad: No lleve GMF a C5015 ni una tasa o contribución a C5015 cuando corresponda C5058.

Evidencia: Hecho económico y documento fuente · Tercero o contraparte identificable · Valor fiscal y periodo de reporte · Control de no duplicidad

Verificar en el catálogo oficial ↗